GRUPO THEJA
C O M U N I C A D O
El Grupo Teatral Theja, Patrimonio Cultural, declarado por acuerdo del Concejo Municipal Libertador de fecha 25 de Agosto de 1999, cumple con informar al sector teatral y cultural en particular y al público en general, que según la decisión de fecha 18 de Febrero de 2008, dictada por la Presidenta y el Director General del CONAC, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Cultura, ha sido rescindido el Contrato de Préstamo de Uso o Comodato Nº 008-92 y su Anexo Nº 008-92 de fechas 10 de Febrero de 1992 y 16 de Septiembre de 1994 respectivamente, suscritos entre el Concejo Nacional de la Cultura (CONAC) y la Asociación Civil Theja de Venezuela (GRUPO THEJA), correspondientes al inmueble e instalaciones y equipos que comprenden la totalidad de la estructura donde funciona el Teatro Alberto de Paz y Mateos, sede del Grupo Theja desde 1989.
Igualmente, en la misma decisión se ordenó la desocupación total de bienes y personas de dicha instalación para lo cual se otorgó un plazo, improrrogable, de dos (02) meses, los cuales culminarían el próximo 19 de Abril del presente año.
Por tal motivo nos vemos en la obligación de COMUNICAR que las actividades artísticas y de formación programadas para los próximos meses para comunidades y el colectivo nacional, quedan suspendidas mientras adelantamos las gestiones administrativas correspondientes en defensa de nuestros derechos, que se traducen en la protección de un interés que trasciende nuestra propia organización, en función de la elevación cultural del pueblo venezolano, durante treinta y cinco (35) años de ininterrumpida labor social.
Agradecemos la solidaridad y el apoyo de todas las organizaciones, asociaciones, grupos y personas que durante tanto tiempo nos han brindado incondicionalmente su reconocimiento y confianza, y que en este momento han expresado su preocupación por el futuro de nuestra agrupación y la suerte de este teatro.
Así mismo, le rogamos que confiemos en las instituciones a cuyo cargo se encuentra la solución de lo antes expuesto, en aras de salvaguardar uno de los principios inmanentes a la naturaleza del ser humano como es el derecho de conocer y disfrutar la Cultura, consagrado en el ARTICULO 99 de nuestra Constitución, el cual establece:
ARTICULO 99: “… los valores de la Cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios.”
En Caracas, a los veinte días del mes de Febrero de 2008.
JUNTA DIRECTIVA DEL GRUPO THEJA
sábado, 23 de febrero de 2008
El Ateneo no son los únicos teatreros sentenciados
Artistas transados por la Libertad de Expresión en la marcha de los estudiantes, entre ellos, Javier Vidal, vicepresidente del Grupo Theja a quien hoy se le pasa factura pidiéndole el desalojo de la sala Alberto de Paz y Mateos.
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